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ASPECTOS LEGALES DEL USO Y COMERCIALIZACIÓN DE LOS RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO Y LA PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL COMO DE PATENTES EN VENEZUELA

Mujica Pérez, Jesús
Lic. Trabajo Social
UCV – Especialización de Gestión de Proyecto de Investigación y Desarrollo
jesusantoniomujicaperez@gmail.com

DESARROLLO

Considerando a los clásicos como Freeman (1997) y Schumpeter (citado por García, 2004), los resultados de la investigación y desarrollo pasa por tomar en cuenta la generación de tecnologías como componentes de la actividad económica, conducente a la solución de problemas sociales y económicos. Por lo tanto, la generación de tecnologías obedece al ejercicio de la racionalidad técnica para concebir inventos o conocimientos, pero obedece más a un fin económico, es decir, debe conducir a la innovación y desarrollar tecnologías para tener éxito, pero más para ser viables desde un punto de vista comercial y contribuyan a superar la situación económica nacional.  (http://www.revistanegotium.org.ve/pdf/4/4Art2.pdf).
La producción intelectual es el mecanismo que permite la protección de las innovaciones del desarrollo científico, técnico e industrial de un país. En Venezuela la constitución Bolivariana de Venezuela, en su Capítulo VI  de los Derechos Culturales y Educativos, argumenta que:
La creación cultural es libre. Esta libertad comprende el derecho a la inversión, producción y divulgación de la obra creativa, científica, tecnológica y humanística, incluyendo la protección legal de los derechos del autor o de la autora sobre sus obras. El Estado reconocerá y protegerá la propiedad intelectual sobre las obras científicas, literarias y artísticas, invenciones, innovaciones, denominaciones, patentes, marcas y lemas de acuerdo con las condiciones y excepciones que establezcan la ley y los tratados internacionales suscritos y ratificados por la República en esta materia. (Artículo 98).
Por su parte, la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI) es el foro mundial en lo que atañe a servicios, políticas, cooperación e información en materia de propiedad intelectual (P.I.). Es un organismo de las Naciones Unidas, autofinanciado, que cuenta con 188 Estados miembros, donde se lleva la iniciativa en el desarrollo de un sistema internacional de Propiedad Intelectual. Se estableció la Organización en 1967.  (http://www.wipo.int/portal/en/index.html), donde Venezuela es miembro desde al año 1984.
De igual forma, la Comunidad Andina de Naciones (CAN) buscan alcanzar el  desarrollo integral, mediante la integración andina, suramericana y latinoamericana. Conformada por los países: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú y donde Venezuela dejó de ser miembro desde el 19 de abril del 2006. Este organismo regula el otorgamiento de marcas y patentes y protege los secretos industriales y las denominaciones de origen, entre otros (El Régimen Común de Propiedad Industrial ) y El Régimen Común sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos donde se reconoce la adecuada protección a los autores y demás titulares de derechos, sobre las obras de ingenio, en el campo literario, artístico o científico.
En el mundo existen organizaciones encargadas de la búsqueda de patentes como lo son: la Oficina Europea de Patentes – European Patent Office, la Oficina Española de Patentes y Marcas, Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos – United States Patent and Trademark Office, entre otros.
Propiedad Intelectual en Venezuela:
El Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI) es la organización pública encargada de  brindar los servicios asociados al Registro de Propiedad Intelectual mediante la aplicación de la normativa legal vigente en la materia. Fue creado mediante el Decreto N° 1.768 25 de marzo de 1997, publicado en la Gaceta Oficial N°. 36.192 de fecha 24-04-97 y entra en funcionamiento el 01 de mayo del 1998 según Resolución Ministerial Nº 054 del 07-04-1998, publicada en la Gaceta Oficial Nº 36.433 de fecha 15-04-98.
Marco jurídico nacional e internacional de la propiedad Intelectual en Venezuela:

Desde lo nacional la propiedad intelectual está regida por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley de Propiedad Industrial, Ley sobre Derecho de Autor, Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, Ley Orgánica de la Administración Pública. Desde lo internacional: Convenio que Establece la Organización Mundial de Propiedad Intelectual, Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, Acuerdo Sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC), Acuerdo de Viena por el cual se establece una Clasificación Internacional de los Elementos Figurativos de las Marcas, Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas, Arreglo de Locarno que establece una Clasificación Internacional para los Dibujos y Modelos Industriales, Arreglo de Estrasburgo relativo a la clasificación Internacional de Patentes, Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor, entre otras. (http://sapi.gob.ve/?page_id=32)

Sobre la Patente de Industria y Comercio:

Es un título de propiedad de una invención tecnológica, la protección legal dada por un título de patente confiere al inventor el derecho exclusivo de explotar comercialmente la invención dentro del territorio del país que otorga el derecho. Pueden ser objeto de patente: todo producto nuevo, definido y útil, toda nueva máquina o herramienta y todo nuevo instrumento o aparato de uso industrial o de aplicación medicinal, técnica o científica y las partes o elementos de máquinas, mecanismos, aparatos, accesorios, mediante los cuales se logre mayor economía o perfección en los productos o resultados. (http://mariamilagros03.blogspot.com/2007
/05/propiedad-intelectual-propiedad.html).

Se dividen en Invención: es la otorgada a productos o procedimientos, en todos los campos de la tecnología; siempre que estas sean novedosas, tengan alto nivel inventivo y sean susceptibles de aplicación industrial. Por utilidad: Se concede patente de modelo de utilidad, a toda nueva forma, configuración o disposición de elementos de algún artefacto, herramienta, instrumento, mecanismo u otro objeto, que permita un mejor o diferente funcionamiento, utilización o fabricación del objeto que lo incorpora o, que le proporcione alguna utilidad, ventaja o efecto técnico que antes no tenía y por diseños Industriales: el cual se otorga a cualquier reunión de líneas, o combinación de colores, o cualquier forma bidimencional o tridimensional, que se incorpore a un producto para darle una apariencia especial, sin que cambie el destino o finalidad de dicho producto y sirva de tipo o patrón para su fabricación.

Proceso en el SAPI:

El primer paso consiste en presentar la solicitud a través de su portal en internet www.sapi.gob.ve allí debe verificar la disponibilidad del nombre que se quiere registrar como marca, luego de validada la disponibilidad se procede al registro mediante planilla de solicitud y allí comienza el procedimiento administrativo.

Según la opinión de Jaqueline Maureao Aymard sobre el trámite: “Puede durar aproximadamente 1 mes para tener el derecho exclusivo de un libro, una obra musical o artística. En el caso de las marcas puede durar hasta un año y en el caso de las patentes es un poco más complicado ya que existen casos de 8 años de espera, argumento la especialista en nota de presea disponible en: (http://www.elcambur.com.ve/poder/como-funciona-la-propiedad-intelectual-en-venezuela). La protección a la propiedad intelectual es territorial, es decir, donde se registra la marca es donde va a tener protección, Por el contrario los derechos de autor tienen excepciones porque casi todos los países suscribieron el convenio de Berna.
BIBLIOGRAFÍA

ASAMBLEA NACIONAL (1999) Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Publicaciones Palacio Federal Legislativo.
BERMÚDEZ, MONTOYA, CENDRÓS G. (2006) Factores que inciden en el desarrollo de la innovación tecnológica en los institutos universitarios de tecnología. Disponible:  (http://www.revistanegotium.org.ve/pdf/4/4Art2.pdf).
World intellectual property Organization. Disponible: http://www.wipo.int/portal/en/

GELVEZ, Luz (2005) ¿Cómo funciona la propiedad intelectual en Venezuela? Disponible en: http://www.elcambur.com.ve/poder/como-funciona-la-propiedad -intelectual-en-venezuela.

MILAGROS, Maria  (2007) Propiedad Intelectual, Propiedad Industrial, Libertad de Industria y Comercio. SAPI. Disponible: http://mariamilagros03.blogspot.com/2007/05/propiedad-intelectual-propiedad.html


SISTEMA AUTÓNOMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Disponible: http://sapi.gob.ve/

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